ADIÓS A LAS FACTURAS "M"

ARCA simplificó el régimen de facturación y modernizó el procedimiento para solicitar la habilitación de comprobantes clase “A”

ECONOMÍA

10/7/20251 min read

Hasta ahora, cuando un contribuyente no tenía acreditada su solvencia patrimonial, debía emitir facturas clase M, que implicaban retenciones y limitaciones.
A partir de diciembre, esas facturas M dejan de existir.
Serán reemplazadas por facturas clase A con la leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”.

Esto significa que, en lugar de una categoría especial, todos emitirán clase A, pero con leyendas que indican las condiciones fiscales del emisor.
¿Qué pasa si no tengo solvencia patrimonial suficiente?
Si cumplís con los demás requisitos pero no acreditás solvencia, podrás optar por una nueva modalidad:
facturas clase A con leyenda “PAGO EN CBU INFORMADA”,
que no estarán sujetas a retenciones según esta resolución.

De esta forma, el contribuyente mantiene la clase A, pero con una condición específica vinculada al modo de cobro.

¿Por qué se hace este cambio?
ARCA busca simplificar y modernizar el esquema de facturación.
Esta resolución reemplaza normas que tenían más de 20 años de vigencia, y unifica criterios para que el sistema sea más claro, homogéneo y fácil de gestionar.

Además, introduce una evaluación cuatrimestral automática del comportamiento fiscal, que puede modificar la clase de comprobante habilitada.
Antes de esa evaluación, habrá una simulación preventiva, para que el contribuyente pueda corregir irregularidades antes de que se definan las categorías.
Y si las corrige después, podrá solicitar un reproceso web para recuperar la habilitación clase A.

¿Qué pasa con quienes ya tienen facturas M?
Los que hoy tienen habilitación clase M pasarán automáticamente a facturas clase A con la leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”.
Mantendrán la misma codificación y correlatividad numérica, salvo que habiliten un nuevo punto de venta.

¿Cuándo rige todo esto?
El nuevo esquema entra en vigencia el 1 de diciembre de 2025, y viene acompañado por la Resolución General 5764/2025, que complementa y adapta el marco normativo previo.